¿es constitucional un despido objetivo por bajas de corta duracion?
TCo 16-10-19, EDJ 712940
Ante una solicitud de reincorporación ¿quien tiene que acreditar la inexistencia de vacantes?
TSJ Madrid 8-3-19, EDJ 548471
¿cual es mi antiguedad si antes trabaje en la misma empresa a traves de una ett?
¿Cuál es la antigüedad real, a efectos de la indemnización, cuando anteriormente se ha prestado los servicios a la misma empresa, primero con un contrato de una ETT y más tarde, sin solución de continuidad con un contrato suscrito directamente con la empresa?
Cuando han existido varios contratos celebrados sin solución de continuidad o interrupciones irrelevantes, se computa la antigüedad desde el día en que se inició la prestación de servicios. Incluso cuando al principio los servicios se prestaron en virtud de cesión por una ETT a una empresa la cual luego celebró el contrato directamente con el trabajador
Esa cuestión fue resuelta por el Tribunal Supremo, en caso de varios contratos celebrados sin solución de continuidad o interrupciones irrelevantes, se computa la antigüedad desde el día en que se inició la prestación de servicios, aun cuando al inicio los servicios se prestaron a través de una ETT. Es decir, la antigüedad computable a efectos del cálculo de la indemnización se remonta a la fecha de la primera contratación, tanto si han mediado irregularidades en los sucesivos contratos temporales cuanto si lo ocurrido es la mera sucesión -regular- de varios sin una solución de continuidad significativa, con interrupción inferior al tiempo de caducidad y aunque medie recibo de finiquito, y percibo de indemnización a la finalización de cada contrato temporal.
¿tiene obligacion de hacer la prevencion de riesgos laborales un autónomo?
¿Cuándo hacer la Prevención de Riesgos Laborales?
Para saber cuando un autónomo tiene que hacer la Prevención de Riesgos Laborales hay que diferenciar entre:
- Autónomos Sin Trabajadores a su cargo, en este caso NO tenemos existe obligación de hacer la PRL, de tener una evaluación de riesgos, ni un plan de prevención de riesgos.
- Autónomos Sin Trabajadores a su cargo pero que se ven afectados por la normativa sobre coordinación de Actividades empresariales. En este caso, hay que aportar información sobre los riesgos que sus actividades o equipos suponen para los trabajadores de las otras empresas con las que colaboran.
- Autónomos Con Trabajadores a su cargo. En este caso SI tenemos la necesidad de implantar la PRL, estos autónomos pasan a tener por tanto las obligaciones del empresario de la normativa reguladora del mercado laboral. En empresas de hasta diez trabajadores el empresario podrá ocuparse de organizar la prevención siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y que tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos de la empresa.
¿Cómo implantar la Prevención de Riesgos Laborales?
En el caso de autónomos con trabajadores a su cargo o que se vean afectados por la normativa sobre coordinación de actividades empresariales, el procedimiento habitual es contratar a una empresa especializada en la implantación de programas de prevención de riesgos laborales, una opción muy recomendable para no asumir un exceso de tareas que puedan llegar a retrasarte o incluso desviarte de tus objetivos comerciales y de producción, que es dónde como autónomo más debes apretar.
En el caso de que tus recursos económicos estén muy ajustados, también puedes probar con la ayuda de algunas herramientas gratuitas que han lanzado las Administraciones para que los autónomos y las microempresas podáis gestionar de manera autónoma la implantación de la Prevención de Riesgos Laborales. Entre ellas destaca el programa Prevención 10.
Comunica los accidentes para cobrar la prestacion
Desde LexConsulting queremos recordar que si algún trabajador de su empresa ha tenido un accidente de trabajo , tiene la obligación de prestación, por lo que conviene que nos lo comunique a la mayor brevedad posible.
Los plazos para realizar la comunicación son los siguientes;
1.- Si es “sin baja” debes comunicarlo dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente al que se produjo el accidente.
2.- Si es “con baja” debes comunicarlo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha del accidente o de la fecha de baja, (en los casos de graves, múltiples y fallecimiento, previo a la comunicación a la Autoridad Laboral dentro de las 24 horas siguientes al suceso).
¿cuando comienza el permiso si fallece un familiar?
El disfrute de permiso de un trabajador por fallecimiento de un familiar debe empezar a contar al día siguiente de este hecho, y no en la misma jornada en la que se produce.
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Al día siguiente. Es cuando debe empezar a computar como primer día hábil el permiso para un trabajador del que fallece un familiar. Así lo estipula una sentencia de la sala de lo social de la Audiencia Nacional, tras estimar la demanda donde se reclamaba este derecho.
El litigio surgió en una compañía de servicios de contact center, o telemarketing. Según el convenio colectivo asociado a esta actividad, los permisos retribuidos por fallecimiento de un familiar empiezan a contar el mismo día que se da este hecho. Este disfrute asciende a cuatro días en caso de muerte de cónyuge, padre, madre e hijos, entre otros primeros grados de parentesco. Será de dos días cuando la pérdida corresponda a un segundo grado de consanguinidad.
Sin embargo, el dictamen de la Audiencia Nacional entiende que, al empezar a computar el mismo día de la muerte, “los trabajadores disfrutan de un día menos el permiso”. El organismo judicial considera que estos permisos retribuidos tienen por objetivo que los empleados “atiendan al estado de necesidad provocado por el fallecimiento de personas de su entorno afectivo cercano”. Dicha finalidad, añade el documento, no se alcanzaría si se resta el día del hecho causante cuando la defunción se produce durante la jornada laboral. Con más motivo, si la muerte sucede una vez concluida la jornada.
Por tanto, el fallo interpreta que el trabajador debe ausentarse el máximo tiempo posible ante un hecho como es la defunción de un ser querido, como el cónyuge, la madre, el padre o un hijo. Comenzar a contar el permiso el mismo día le resta tiempo para sobrellevar ese duro trance.
Fuente EXPANSION
Guia registro de jornada
Adjuntamos esta GUIA SOBRE EL REGISTRO DE JORNADA que ha elaborado el Ministerio de Trabajo para facilitar la aplicación de la norma. En esta guía, se responden temas como:
Registro Jornada
¿Qué trabajadores tienen que realizar el registro horario?
¿Quien tiene la obligación de realizarlo en caso de trabajadores de ETT o subcontratas?
¿Qué se considera como tiempo de trabajo efectivo?
¿Cómo se registra la jornada delos trabajadores que se desplazan a otros centros, jornadas partidas e interrupciones?
¿Qué medios pueden ser utilizados para el cumplimiento del registro de jornada?
Esperamos que resulte de utilidad.
Registro Jornada
Adapta tu empresa a la nueva normativa del registro de jornada
Desde el 12 de mayo vuelve a ser obligatorio para las empresas llevar el registro diario de la jornada de todos sus trabajadores.
Este registro deberá estar a disposición de los trabajadores para que puedan comprobar su veracidad y sus derechos correspondientes.
Asimismo el registro de la jornada será el soporte a efectos de prueba que podrán usar las empresas para poder justificar el cumplimiento de sus obligaciones ante la inspección de trabajo. Será necesario un registro por empresa, siendo las sanciones por incumplimiento entre 626 y 6.250 euros.
Las empresas deberán usar el tipo de registro más adecuado y deberán guardarlo durante al menos 4 ejercicios.
Se puede usar una plantilla sobre una documento por ejemplo Excel que incluya la hora de entrada, de salida y el tiempo de trabajo efectivo, también se tendrán en cuenta los descansos, o también se puede instalar sistemas digitales de cómputo de jornada.
Para llevar correctamente el registro de la jornada y evitar posibles problemas ante la inspección de Trabajo, es importante tener presente la jornada máxima anual recogida en el Convenio Colectivo o en el Estatuto de los Trabajadores y se deberá tener en cuenta el cómputo anual de horas trabaja.das, y si se excede de las horas recogidas en Convenio o E.T. se deberían liquidar horas extraordinarias. Para evitar estas posibles liquidaciones sorpresivas, podría ser conveniente informar a los trabajadores que para realizar horas extraordinarias podrá ser necesaria una solicitud por escrito y una autorización empresarial.
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¿puede ser nulo el despido si el trabajador no acepta una novación?
TS 20-2-19, EDJ 524666
¿es valida la videovigilancia para comprobar incumplimientos laborales?
JS Pamplona núm 3, 18-2-19, EDJ 516858