
¿Qué importe puedo amortizar en el alquiler de un inmueble que he heredado?
Si un particular ha adquirido un inmueble por herencia o donación, puede amortizar ese inmueble en el IRPF en base al valor del inmueble que se hubiera declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El valor del importe amortizado es del 3% del valor de la construcción.
Hasta ahora en estos supuesto s el valor de adquisición estaba limitado a los impuestos y gastos abonados por la sucesión o donación o el valor catastral.
Según recientes sentencias del Tribunal Supremo 3483/2021 y 1130/2021, el valor a considerar como cose de adquisición sería el declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Los contribuyentes que se vean afectados por este cambio de criterio, podrían solicitar las devoluciones por ingresos indebidos de las declaraciones del IRPF correspondientes a los años 2019 y 2020.