Ayudas al sobrecoste energético de las empresas de Navarra 2022
Desde el 22 de noviembre y hasta el 9 de diciembre de 2022, está abierto el plazo para solicitar las ayudas a las empresas navarras para compensar el incremento de los costes energéticos durante el año 2022.
Podrán obtener subvención las empresas que realicen su actividad en Navarra desde antes del 1 de febrero de 2021, estando excluidas las instituciones financieras, empresas de transporte y distribución de energía eléctrica, fabricación y distribución de gas y comunidades de propietarios y empresas de alquiler de viviendas.
La subvención, será del 100% del incremento del coste de los suministros entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre de 2022, respecto al mismo periodo de 2021.
Los suministros subvencionados son;
- Electricidad.
- Gas natural.
- Gases licuados del petróleo (GLP) a granel.
- Fluidos térmicos (agua caliente, fría, fluido frigorífico o vapor), generados en una central de infraestructuras comunes de un polígono industrial.
El gasto subvencionable por solicitante será como mínimo de 2.000 euros. Y la subvención máxima será de 500.000 euros por empresa.
En Lex&Consulting Asesores, ayudamos a gestionar la tramitación de esta ayuda. Puede consultar más información en el siguiente Link:
Ayudas al sobrecoste energético de las empresas de Navarra 2022
Read MoreSubvencion comercio emprendedores navarra 2014
Esta subvención pretende dar un apoyo económico a los emprendedores que constituyan una nueva empresa, por realizar los gastos e inversiones necesarios para:
- Iniciar una nueva actividad o negocio de comercio minorista.
- Continuar con un negocio de comercio minorista que ya está en funcionamiento (Relevo o traspaso de negocio)
Está destinado a Microempresas (menos de 10 empleados), pequeñas empresas (menos de 50 empleados) y medianas empresas (menos de 250 empleados), dedicadas al comercio minorista y que no precisen de una autorización administrativa especial para el ejercicio de la actividad, lo que excluye a farmacias y a estancos.
Personas físicas o personas jurídicas cuyos integrantes reúnan los siguiente requisitos:
- Haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en algún epígrafe de comercio al por menor, entre el 1 de noviembre de 2013 y el 31 de octubre de 2014, ambos inclusive.
- No haber ejercido en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria, una actividad comercial minorista en Navarra por cuenta propia. Si el solicitante es una persona jurídica, este requisito debe cumplirse por todos sus integrantes.
Características
Gastos e inversiones realizadas o previstas desde el 1 de noviembre de 2013 hasta el 31 de octubre de 2014, ambos inclusive (se tiene en cuenta la fecha de facturación).
UBICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
Las inversiones deben materializarse en establecimientos comerciales minoristas integrados en la trama urbana (suelo urbano o urbanizable con un uso residencial dominante) de alguno de los municipios de Navarra.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS ACOGIBLES
La actividad económica debe estar incluida en los grupos, conforme a la CNAE-2009:
- Entre los grupos 47.11 y 47.79, ambos inclusive.
- Grupo 45.32 (sólo recambios, repuestos y accesorios nuevos)
TODAS las actividades económicas ejercidas en el local deben ser de COMERCIO AL POR MENOR.
ACTIVIDADES ECONÓMICAS NO ACOGIBLES:
- Estancos y farmacias, por requerir autorización administrativa especial.
- Establecimientos de hostelería, bares, restaurantes, cafeterías y similares.
- Establecimientos de servicios personales, como peluquerías, salones de belleza, tintorerías, lavanderías, agencias de viajes, agencias de seguros, etc.
- El comercio al por menor en puestos de venta ambulante y en mercadillos.
- El comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta, ni en mercadillos; tales como ventas por correspondencia, por Internet, a domicilio, en máquinas expendedoras.
GASTOS E INVERSIONES ACOGIBLES Y NO ACOGIBLES: Ver detalle
ZONAS RURALES: Entidades locales de población inferior a 3.000 habitantes.
IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN: 30% de los gastos e inversiones acogibles con un máximo de 6.000 euros por establecimiento comercial.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes desde el 29 de marzo de 2014.
Read MoreSubvencion comercios 2014 navarra
Las Empresas dedicadas al comercio minorista (excluidas las farmacias y los estancos) con dos o más años de antigüedad, pueden obtener una subvención para mejorar sus infraestructuras y su competitividad.
Actuaciones acogibles:
- Modernización, ampliación o reforma de establecimientos comerciales existentes
- Traslado de establecimiento comercial
- Ampliación del nº de establecimientos comerciales de una empresa
Conceptos subvencionables:
- Obra civil de adecuación de locales
- Adquisición de activos fijos nuevos (equipamiento comercial, mobiliario y maquinaria)
Inversión mínima por establecimiento comercial y porcentaje de subvención básica:
- Microempresas: 15.000 euros y 35%
- Pequeñas empresas: 40.000 euros y 23%
- Medianas empresas: 150.000 euros y 5%
Se incrementa la subvención básica un 8% en los proyectos prioritarios:
- Establecimientos ubicados en zonas rurales (Poblaciones con menos de 3.000 habitantes)
- Establecimientos comerciales con más de 25 años de antigüedad
Subvención máxima: 30.000 euros por establecimiento comercial
2. INVERSIONES EN PROYECTOS ESPECÍFICOS.
Actuaciones acogibles:
- Diagnóstico en Punto de Venta (DPV). Servicio prestado por Cámara de Comercio e Industria de Navarra
- Integración empresarial (centrales de compras, concesionarios de mercados municipales o establecimientos de la Red de “Comercios a mano”)
Conceptos subvencionables:
- Obra civil de adecuación de locales
- Adquisición de activos fijos nuevos (equipamiento comercial, mobiliario y maquinaria)
Inversión mínima por establecimiento comercial: 1.200 euros
Subvención: 40% con un máximo de 9.000 euros por establecimiento
3. INVERSIONES EN TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC)
Actuaciones acogibles:
- Programas informáticos relacionados con la actividad empresarial
- Diseño e implantación de páginas web
- Ordenadores de sobremesa
Requisitos de las inversiones:
- Se subvencionan los ordenadores de sobremesa, ÚNICAMENTE, si se invierte en páginas web o en programas informáticos.
- El importe de los ordenadores de sobremesa no puede superar el 50% del coste de la inversión en los tres conceptos (programas informáticos, páginas web y ordenadores de sobremesa).
- No son subvencionables ni ordenadores portátiles ni impresoras.
Inversión mínima por empresa solicitante: 1.000 euros
Subvención: 40% con un máximo de 2.000 euros por empresa solicitante.
4. REQUISITOS DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL
- Estar integrado en trama urbana
- Tener una antigüedad superior a dos años
5. ACTIVIDADES ECONÓMICAS ACOGIBLES
- La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor y debe estar comprendida entre los grupos 47.11 y 47.79, conforme a la CNAE-2009.
- No son acogibles las actividades de servicios personales, como peluquerías, salones de belleza, centros de estética, etc., o de restauración, hostelería, degustación o similares.
6. PERIODO DE INVERSIONES ACOGIBLES (a estos efectos se tiene en cuenta la fecha de facturación). Las realizadas o previstas entre el 1 de noviembre de 2013 y el 31 de octubre de 2014.
Plazo de presentación
Del 18-03-2014 al 26-04-2014
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