3×2
Usted ha observado que algunos grandes almacenes ofrecen ofertas del tipo “pague dos y llévese tres” y se esta planteando hacer este tipo de ofertas pero se pregunta
¿Cómo puede influir estas ofertas en el resultado final obtenido?
Lo primero a tener en cuenta es que estas ofertas se suelen utilizar como gancho para atraer a la clientela, pensando que no sólo comprará el producto en una mayor cantidad sino que también adquirirá otros productos que tiene su establecimiento.
Por lo tanto, la reducción del margen en los productos ofertados, se podrá ver compensada por el incremento en el número de unidades vendidas de producto, por la posible reducción del coste de adquisición de esas unidades debido al volumen de compra a su proveedor y también por el incremento de las ventas de otros productos.
En consecuencia, si usted se esta planteando realizar este tipo de ofertas tendrá que tener en cuenta las siguientes variables, y le podrá resultar de interés guardar los datos obtenidos para ajustar mejor las próximas ocasiones que realice estas promociones
- Reducción del margen derivado de la oferta
- Incremento de las ventas del producto ofertado
- Reducción del coste de compra del producto debido al incremento en el volumen de compra
- Incremento de las ventas del resto de productos vendidos.
- Disminuciones en las ventas de productos similares a los que están en promoción.
Declarado ilegal el periodo de prueba de un año del contrato de apoyo a emprendedores
DECLARADO ILEGAL EL PERIODO DE PRUEBA DE UN AÑO DEL CONTRATO DE APOYO A EMPRENDEDORES
La regulación del contrato de apoyo a emprendedores que no fija ni plazo de preaviso ni indemnización durante el periodo de prueba de un año es contraria a la Carta Social Europea.
Un trabajador que suscribió contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores con un periodo de prueba de un año es despedido ocho días antes del cumplimiento del mismo. Aunque el trabajador alega que el periodo de prueba que establece el Convenio colectivo de aplicación es de dos semanas para el personal obrero, ampliable a seis meses, la empresa se opone al haber formalizado el contrato de apoyo a emprendedores cuyo periodo de prueba ha de ser de un año en todo caso (RDL 3/2012 art.4.3). La sentencia declara el despido improcedente por considerar que esta disposición s contraria a la Carta Social Europea, norma internacional que forma parte de nuestro derecho interno, que dispone que para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a una remuneración equitativa, las partes contratantes se comprometen a reconocer el derecho de todos los trabajadores a un plazo razonable de preaviso en caso de terminación del empleo (Carta Social Europea art.4.4). Siendo el Comité Europeo de Derechos Sociales el órgano encargado de velar por la correcta aplicación de la Carta, sus decisiones son vinculantes para los órganos jurisdiccionales nacionales. De este modo, tras reclamación colectiva de Grecia, este Comité ha considerado contrario a la Carta Social Europea un periodo de prueba de un año que no prevé ni plazo de preaviso ni indemnización a su finalización (Decisión Comité Europeo de Derechos Sociales 23-5-12, Reclamación 65/2011). Es en esta Decisión en la que la sentencia se apoya para determinar que la regulación del contrato de apoyo a emprendedores no fija ni plazo de preaviso ni indemnización durante el periodo de prueba de un año es contraria a la Carta. Los requerimientos del puesto de trabajo del actor, peón que lleva neumáticos de un sitio a otro, no necesitan de un año para que el empleador evalúe sus capacidades, por lo que se está convirtiendo este contrato en un contrato temporal carente de causa, algo prohibido en nuestro ordenamiento jurídico (ET art.15). Añade la sentencia, aludiendo a la Decisión anterior, que aunque el RDL 3/2012 se dicta en un contexto de crisis económica, sus repercusiones sobre los derechos sociales no pueden suponer una reducción de la protección de los derechos reconocidos en la Carta, siendo obligación de los Gobiernos adoptar las medidas necesarias para protegerlos.
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Las empresas solventes asumirán los ocho días de indemnización por despido que ahora paga el fogasa
LAS EMPRESAS SOLVENTES ASUMIRÁN LOS OCHO DÍAS DE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO QUE AHORA PAGA EL FOGASA
Hasta ahora, las empresas con menos de 25 trabajadores que despedían a algún trabajador por causas objetivas, le tenían que pagar una indemnización de 20 días por año trabajado y de este importe, el FOGASA asumía 8 días (con el límite del doble del SMI) Desde el 1 de enero, las empresas solventes asumirán la totalidad de la indemnización. El PP ha introducido una enmienda, que entrará en vigor el próximo 1 de enero, que afectará a los empleados con contratos indefinidos despedidos en empresas de menos de 25 trabajadores. En este caso, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) ya no abonará al trabajador una parte de la indemnización en cantidad equivalente a ocho días de salario por año de servicio. A partir del 1 de enero de 2014 serán las propias empresas, cuando sean solventes, quienes asuman ese pago. El portavoz adjunto del PP en el Congreso Rafael Merino, ha explicado que ese cambio no va a afectar a los 180.000 expedientes que actualmente están en tramitación, que «para nada están paralizados», y tampoco conllevará «supresión o reducción de ningún derecho económico de los trabajadores, ya que no se afectará para nada a las empresas insolventes, donde se mantiene absolutamente la participación del Fogasa en el pago de las indemnizaciones |
Tambien es obligatorio para el alquiler de locales
TAMBIEN ES OBLIGATORIO PARA EL ALQUILER DE LOCALES
Read MoreRazones para externalizar contabilidad e impuestos con despachos profesionales
RAZONES PARA EXTERNALIZAR CONTABILIDAD E IMPUESTOS CON DESPACHOS PROFESIONALES
Cada empresa dedica en España unas 150 horas anuales al pago de impuestos, labor que tienen que afrontar ocho veces como mínimo al año y que les cuesta a cada compañía el 35% de sus beneficios comerciales según encuesta realizada por Excerial entre sus más de 1500 clientes. Del estudio se desprende que la inversión de tiempo y recursos que implica el pago de impuestos para las empresas se traduce entre 3.000 y 4.000 euros al año (entre 250 y 334 euros mensuales) para una Pyme, dependiendo de su tamaño y unos 2.000 euros (167 euros mensuales) para un autónomo. |
Su empresa tiene dos areas de negocio, ¿aportan el mismo beneficio las dos a la empresa?
SU EMPRESA TIENE DOS AREAS DE NEGOCIO, ¿APORTAN EL MISMO BENEFICIO LAS DOS A LA EMPRESA?
Su empresa, con dos áreas de negocio, ha declarado beneficios. Pero no sabe con certeza cuál de las dos áreas está aportando más a la empresa. Es necesario analizar cómo contribuyó cada área de negocio al resultado final. Usted, produce y distribuye frutas y hortalizas. Vende sus productos por dos vías un negocio abierto al público, y una tienda virtual. Y ahora se pregunta …. ¿cuál es el beneficio de cada área?.
Una vez realice esto, puede llegar a la conclusión de que una de sus áreas es deficitaria, a pesar de que el resultado final de su cuenta de explotación es positivo. Si esto es así valore si le interesa mantener las actividades deficitarias puede darse el caso de que se lo aconsejen razones comerciales. |
Para vender debe tener cara
PARA VENDER DEBE TENER CARA
Read More¡pruebelo gratis!
¡PRUEBALO GRATIS!
Esta convencido de que su producto es bueno, así lo piensan también sus clientes, pero necesita nuevos clientes
¿Y si lo deja probar gratis?
Con el objetivo de llegar a nuevos clientes o personas que nunca han probado, se pueden realizar diferentes opciones.Ofertas gratis del tipo “30 días gratis” o “primera compra gratuita” esto sirve básicamente es llegar a nuevos clientes, interesar a un público que no le ha comprado hasta ahora.Pruébelo sin compromiso, puedeser interesante estrategia de marketing por ejemplo para los siguientes casos
¿Me compensará?Comparación. Para saber si la “prueba gratuita” sale a cuenta, calcule el coste de la promoción y de los productos que entrega, y verifique cuántas ventas nuevas pueden surgir de esa campaña para compensar dicho coste.
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Si no es contigo no me interesa. contrato intuitu personae
SI NO ES CONTIGO NO ME INTERESA. CONTRATO INTUITU PERSONAE.
Usted va a contratar los servicios de una empresa y quiere que se los preste un determinado profesional que trabaja en ella.Nada impide que negocie, como requisito indispensable para la validez del contrato, que el servicio lo desarrolle una determinada persona.Pacte por escrito el alcance del servicio y designe la persona concreta que lo deberá prestar. Incluya también:
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Subvención gastos iniciales nuevos proyectos navarra
El pasado 5 de agosto, se ha publicado una resolución de la de la Directora General de Política Económica y Empresarial de Navarra, en la que se SUBVENCIONAN los gastos de constitución, dominios web, registro propiedad, colegios, legalización libros, impuestos, tasas… en un importe del 70% de dichos gastos, con un importe máximo de 500€. |
Requisitos: 1. Constituir una nueva empresa localizada y con domicilio fiscal en Navarra. Para la consideración de nueva empresa, ningún socio debe haber desarrollado la misma actividad (directamente o a través de una Sociedad) en los tres años anteriores. 2. Desarrollar una actividad económica encuadrada en cualquier sector de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), a excepción de los siguientes: Comercio al por menor del grupo 45.32 de la CNAE 2009, así como los comprendidos entre los grupos 47.11 y 47.79, ambos inclusive y juegos de azar y apuestas (epígrafe 92 de la CNAE 2009). 3. No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud. 4. Son gastos subvencionables los realizados entre el 1 de octubre de 2012 y el 30 de septiembre de 2013, ambos inclusive. |