Novedades is 2015 navarra
A continuación resumimos las principales novedades en relación al Impuesto sobre sociedades aplicable a partir del ejercicio 2015, entre las que se modifican los tipos impositivos del Impuesto y las deducciones sobre la cuota;
- Se reducen los tipos impositivos quedando de la siguiente forma;
Tipo de Empresa | 2015 | 2014 |
Microempresa (<1000.000€) | 19% | 20% |
Pequeña empresa (entre 1 y 10m €) | 23% | 27% |
Gran Empresa | 25% | 30% |
Cooperativas, Laborales | 17% | 17% |
- Se establece un suelo tributario del 10% de la base liquidable, este porcentaje será del 7% si el promedio de la plantilla con contrato indefinido supera en un 5% el promedio de los 12 meses anteriores. Esta medica consiste en que las deducciones en la cuota, a excepción de la deducción por realización de actividades de I+D+i y la deducción para inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material o de inversiones inmobiliarias, no puede dar lugar a que la cuota efectiva sea inferior al importe resultante de aplicar el 10% sobre la base liquidable, minorado por el resultado de multiplicar la suma de la bonificación prevista en el artículo 58 LFIS para la prestación de determinados servicios públicos y de las deducciones para evitar la doble imposición interna e internacional por el tipo de gravamen del IS que corresponda.
- Las deducciones y bonificaciones quedan de la siguiente manera;
- Todas las deducciones se aplican con el límite del 25% de la cuota líquida, salvo deducciones por doble imposición, bonificaciones, I+D+i, inv.prod. cinematográficas, patrocinio, por lo cual la deducción por creación de empleo pasa a formar parte de esta limitación.
- La deducción por creación de empleo, siempre que la plantilla media total aumente, se incrementa en 800,00 € pasando de 4.200,00 a 5.000,00 € por persona/año. Si la plantilla media total se mantiene y, a su vez, aumenta la plantilla media de contratos de trabajo indefinido, la deducción que se aplica a la diferencia pasa a ser de 1.502,53 a 2.000,00 € por persona/año. Igualmente se aplica este importe por persona/año en el caso de que la plantilla media total se reduzca y aumente la plantilla media de contratos de trabajo indefinido.
- Si por insuficiencia de cuota, no se han podido aplicar las deducciones generadas, estas podrán deducirse dentro de los 15 ejercicios siguientes, aumentándose en 5 años, (no existe periodo transitorio)
- En relación a la deducción del 40% de I+D y 10% adicional sobre gastos de personal en exclusiva al proyecto, se podrán monetizar hasta los 100.000€
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